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Qué has hecho hoy en tu KTM?

Iniciado por claferal, Junio 09, 2010, 11:38:35 PM

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scaffa

Buenas,
me sumo al hilo "que has hecho hoy en tu KTM",
A 3 días de comprar la 990 adv, tuve que comprar el regulador porque me dejo tirado después de hacer los primeros 2km...(106€ en ItaloMotor BCN...)
Al tener la moto levantada en el banco para cambiar mejor el regulador, me di cuenta que el plástico que protege el amortiguador trasero estaba partido y pegado al escape...por suerte es barato, unos 7€ en proeuroparts. encontré algunas cosas mal también, que tendré que comentar con el vendedor...a ver si se hace cargo de algo...
Aproveche para comprar las protecciones del chasis en color naranja; el próximo miércoles instalare estos plásticos y si puedo un indicador de voltaje que compre también por ebay.
Ah también compre el kit de herramientas original...lo encontré por menos de 30€ en ebay.  :D
Cuando instale los protectores de chasis, revisaré porque hay tanta mierda en la zona del piñon...
El miércoles les cuento que tal.

Saludos!

robeitor

La porquería en la zona del piñón es muy normal, es el propio aceite de la cadena mezclada con tierra barro o lo que pilles!

scaffa

Cita de: robeitor en Enero 04, 2016, 09:50:02 AM
La porquería en la zona del piñón es muy normal, es el propio aceite de la cadena mezclada con tierra barro o lo que pilles!

Si que es normal, y mas viendo que el cubre piñon de origen es bastante cerrado, pero esta moto tiene 0km por tierra y ademas de la porquería hay mucho aceite, se ve bastante mas liquido de lo que creo que es normal.

Abriré a ver que me encuentro por ahi  :)

Saludos!!

scaffa

 hoy saque el cubre piñón y vi que no había tanta porquería,  si que pierde algo de aceite por el empujador del embrague ,  pero lo demás normal.
Aproveche para poner los protectores de chasis y el cubre amortiguador:



Y como me sobraba un poco de vinilo carbono hice esto:

No termina de convencerme pero no queda tan mal.


Saludos

Enviado desde mi A0001 mediante Tapatalk


valdu

Pues ayer me tocaba ITV, y 40 minutos antes me di cuenta que no tenia catadioptrico. No se si es obligatorio, pero como he oído de todo, hice una ñapa con la bici, que ha quedado tan bien que se va a quedar asi.





Para mi asombro, queda bastante fijo.


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk

21ws

Has cambiado o modificado el soporte de la matricula?? Echale una foto a ver como queda. Estoy pensando tocarle un poco

robeitor

Ese tornillo encima de la letra no debería pasarte la itv ya que dificulta la lectura y mas de un GC te podría multar,  a lo mejor pintandolo de negro...pero es demasiado grande

Enviado desde mi SM-G900F mediante Tapatalk


Migue_vlc

+1 cambia ese tornillo o podrás tener problemas con los de verde / azul. Si se ponen flamencos te pueden imputar por delito incluso.

luiyi

#938
Cita de: Migue_vlc en Enero 09, 2016, 10:27:07 AM
+1 cambia ese tornillo o podrás tener problemas con los de verde / azul. Si se ponen flamencos te pueden imputar por delito incluso.

Seria una sanción administrativa, pero la cuantia es de las mayores, si lo consideran mecanismo para eludir (poli malo) 6000 paunds sin prontopago ..cosa que no procederia, ya que no es un mecanismo.., lo normal es que lo consideren obstaculo en la lectura de la placa que serian 200  y prontopago la mitad 100 lereles,  para delito deberian concatenar mas factores. Un saludo

Migue_vlc

yo no me la jugaría, la placa de matricula se considera documento público y su alteración puede considerarse delito.

De todos modos por eso decía que si" ponen flamencos " te la pueden liar....art 392 CP.

FALSEDAD DOCUMENTAL
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
CAPÍTULO II.
DE LAS FALSEDADES DOCUMENTALES.
SECCIÓN 1. DE LA FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS, OFICIALES Y MERCANTILES Y DE LOS DESPACHOS TRANSMITIDOS POR SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN.
Artículo 390.

1. Será castigado con las penas de prisión de tres a seis años, multa de seis a veinticuatro meses e inhabilitación especial por tiempo de dos a seis años, la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de sus funciones, cometa falsedad:

Alterando un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial.

Simulando un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad.

Suponiendo en un acto la intervención de personas que no la han tenido, o atribuyendo a las que han intervenido en él declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieran hecho.

Faltando a la verdad en la narración de los hechos.

2. Será castigado con las mismas penas a las señaladas en el apartado anterior el responsable de cualquier confesión religiosa que incurra en alguna de las conductas descritas en los números anteriores, respecto de actos y documentos que puedan producir efecto en el estado de las personas o en el orden civil.

Artículo 391.

La autoridad o funcionario público que por imprudencia grave incurriere en alguna de las falsedades previstas en el artículo anterior o diere lugar a que otro las cometa, será castigado con la pena de multa de seis a doce meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a un año.

Artículo 392.

El particular que cometiere en documento público, oficial o mercantil, alguna de las falsedades descritas en los tres primeros números del apartado 1 del artículo 390, será castigado con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.